DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0004/2014
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0004/2014

Fecha: 10-Ene-2014

el único titular de la facultad legislativa sobre las competencias concurrentes es el nivel central del Estado

De acuerdo a lo establecido en el art. 297 de Norma Suprema, el único titular de la facultad legislativa sobre las competencias concurrentes es el nivel central del Estado, razón por la cual ni el Gobierno Autónomo Municipal ni otra Entidad Territorial Autónoma (ETA’s), se encuentran facultados para legislar, siendo estos últimos titulares únicamente de las facultades reglamentarias y ejecutivas respecto de una competencia concurrente.