DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0004/2014
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0004/2014

Fecha: 10-Ene-2014

asignación competencial por cláusula residual la determina la Asamblea Legislativa Plurinacional, estas podrán ser recogidas y asumidas posteriormente por las leyes municipales, si es que se les asigna competencias exclusivas y/o compartidas a los gobiernos autónomos municipales.

Por tanto, el gobierno autónomo municipal, deberá procurar la asignación competencial a través del procedimiento de cláusula residual por el nivel central del Estado, en conformidad al art. 297.II de la CPE y al art. 72 de la LMAD, y no así de manera directa a través de ley especial aprobada por el Concejo Municipal. Sin embargo, a pesar que la asignación competencial por cláusula residual la determina la Asamblea Legislativa Plurinacional, estas podrán ser recogidas y asumidas posteriormente por las leyes municipales, si es que se les asigna competencias exclusivas y/o compartidas a los gobiernos autónomos municipales.