DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0032/2014
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0032/2014

Fecha: 28-May-2014

    La INCOMPATIBILIDAD de los arts. 3, en la frase: “…limita al Norte con la Provincia Manuel María Caballero (Municipio de Comarapa) y la Provincia Florida (Municipio de Pampa Grande), al Sur con el Municipio de Vallegrande de la Provincia Vallegrande y con la Provincia Campero del Departamento de Cochabamba (Municipio de Pasorapa), al Este con el Municipio de Vallegrande y el Municipio de El Trigal, y al Oeste con la Provincia Campero del Departamento de Cochabamba (Municipio de Pasorapa)”, 4; 6.II; 13 inc. d); 15.I; 17; 20 numeral 7; 20 numeral 18; 20 numeral 19; 20 numeral 21; 20 numeral 24; 22; 24; 25; 26; 30 numeral 3; 30 numeral 6; 30 numeral 18; 30 numeral 20; 30 numeral 22; 36 en la frase: “realizar el control de la administración y gasto de los recursos fiscales del municipio, control técnico posterior a los contratos firmados por el ejecutivo”; 37 en la frase: “Se reconoce los siguientes mecanismos de participación ciudadana” IV; 38 en la frase: “Las organizaciones sociales propondrán al concejo los mecanismos y formas de participación y control social para su aprobación mediante ley municipal”; 48 en la frase: “…principales centros…”, 50 inc. g); 56.I; 63 inc. e); 66.I inc. d) en la frase: “priorizando los recursos humanos del lugar”; 68; 70; 72; 82 numerales 1, 3 y 4; 83 numeral 10; 85.II; 87.V; 90; 92 en la frase: “de las OTBs.”; 95 en la palabra “básicas” de la primera parte y toda la segunda parte; 104; 108 incluye el título de la sección respectiva, y Disposición Transitoria Primera en la frase: “o departamental”.