DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0032/2014
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0032/2014

Fecha: 28-May-2014

Artículo 36. (Unidad descentralizada de transparencia y lucha contra la corrupción)

Artículo 36. (Unidad descentralizada de transparencia y lucha contra la corrupción) De acuerdo a la capacidad económica e institucional del municipio, se puede crear una unidad descentralizada de transparencia y lucha contra la corrupción. El responsable de esta unidad será designado bajo la misma modalidad que el auditor interno. La función principal de esta unidad es realizar el control de la administración y gasto de los recursos fiscales del municipio, control técnico posterior a los contratos firmados por el ejecutivo, transparentar la gestión, atender las denuncias e implementar mecanismos y acciones sobre temas de transparencia y lucha contra la corrupción.

“Artículo 36. (Unidad descentralizada de transparencia y lucha contra la corrupción) De acuerdo a la capacidad económica e institucional del municipio, se puede crear una unidad descentralizada de transparencia y lucha contra la corrupción. El responsable de esta unidad será designado bajo la misma modalidad que el auditor interno. La función principal de esta unidad es realizar el control de la administración y gasto de los recursos fiscales del municipio, control técnico posterior a los contratos firmados por el ejecutivo, transparentar la gestión, atender las denuncias e implementar mecanismos y acciones sobre temas de transparencia y lucha contra la corrupción”.