DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0032/2014
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0032/2014

Fecha: 28-May-2014

III.73. Del art. 112

La disposición contenida en el art. 112, no expresa incompatibilidad con la Constitución Política del Estado. Esta regulación es parte de los contenidos mínimos de las cartas orgánicas, definidos por la LMAD, estableciendo un procedimiento de reforma acorde a la preeminencia jurídica de la que goza una norma básica institucional y contemplando mecanismos de participación y control social, en el marco de la facultad atribuida a este nivel, de participar en la construcción colectiva de normas jurídicas.