DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0032/2014
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0032/2014

Fecha: 28-May-2014

Artículo 49. (Control de calidad y sanidad) I.

Artículo 49. (Control de calidad y sanidad) I. De acuerdo a la competencia Numeral 13  Parágrafo I del Artículo 302, de la Constitución Política del Estado, el Gobierno Municipal tiene competencia exclusiva para controlar la calidad y sanidad en la elaboración, transporte y venta de productos alimenticios para el consumo humano y animal.