DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0007/2015
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0007/2015

Fecha: 14-Ene-2015

3.  Fiscalizadora,

3.  Fiscalizadora, referida a la capacidad de fiscalización al Ejecutivo Municipal, las entidades descentralizadas, desconcentradas, las empresas públicas municipales y toda entidad en la que el gobierno autónomo municipal tenga participación, el uso de la facultad fiscalizadora deberá ser de forma ordenada y permanente, previniendo que no coarte o retrase las funciones del ejecutivo municipal de acuerdo a lo indicado en la carta orgánica, el Reglamento General del Concejo Municipal y la ley de fiscalización Municipal.