DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0007/2015
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0007/2015

Fecha: 14-Ene-2015

III. La dependencia de la unidad de transparencia será del ministerio de ramo del nivel central de estado, su constitución y creación se realizará  de acuerdo a lo que establece la normativa nacional y municipal.”

El articulo objeto de análisis, plantea la creación del Organismo Municipal de Transparencia y Lucha contra la Corrupción, le confiere atribuciones y establece que su dependencia será del ministerio del ramo del nivel central del Estado. El art. 175 de la CPE, establece que las ministras y los ministros de Estado; entre otras, tienen las siguientes atribuciones: “1) Proponer y coadyuvar en la formulación de las políticas generales del Gobierno, 2) Proponer y dirigir las políticas gubernamentales en su sector, (…) 4) Dictar normas administrativas en el ámbito de su competencia…; en base a estos postulados constitucionales, son los ministros de Estado, los responsables de la formulación e implementación de políticas inherentes a su sector, utilizando los mecanismos previstos por ley; consecuentemente, el artículo en cuestión, al pretender crear una instancia de dependencia directa del Órgano Ejecutivo del Estado y establecer sus atribuciones, incurre en una invasión de competencia propia del nivel central del Estado.