DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0007/2015
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0007/2015

Fecha: 14-Ene-2015

I.    El Concejo Municipal de Azurduy, es la máxima autoridad titular de las facultades legislativa, fiscalizadora y deliberante. El mismo está compuesto por las concejalas y concejales titulares electos mediante la democracia participativa o voto universal”.

La composición de los concejos municipales, debe estar integrada por concejales electos y representantes de las NPIOC; en consecuencia, en la reformulación de la norma cuestionada, el estatuyente municipal, deberá incluir con carácter previsor, a los representantes de las NPIOC, como miembros del concejo municipal, elegidos mediante normas y procedimientos propios, conforme dispone el art. 284.ll de la CPE., ya que tal omisión, constituye cargo de incompatibilidad.

Por consiguiente, se declara la incompatibilidad con la Constitución Política del Estado, de la frase “El mismo está compuesto por las concejalas y concejales titulares electos mediante la democracia participativa o voto universal.”, inserta en el texto del art. 26.l del presente proyecto de Carta Orgánica Municipal.