DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0007/2015
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0007/2015

Fecha: 14-Ene-2015

Artículo 178.

I.   Todo  tipo de organización de la sociedad civil, mediante sus normas internas y sus sistemas de elección y designación, garantizarán el equilibrio entre hombres y mujeres en la ocupación de los cargos de representación, así como en la alternancia en jerarquías. Además alcanzarán alcanzar al menos al 50% de mujeres en la composición total de representantes, salvo que por su naturaleza sean organizaciones sólo de mujeres o solo de hombres.

II.  Los ciudadanos, ciudadanas del municipio de Azurduy, sin distinción alguna, en su condición de hombre, mujer, joven, adulto mayor, persona con capacidad diferente, oriundo o migrante, con o sin formación académica tendrá las mismas oportunidades de ser elegido o elegida para ocupar cargos de representación en la estructura de organización social. La normativa interna y su sistema de elección y designación de representantes sociales de cada organización del municipio, establecerá las previsiones necesarias para garantizar tal igualdad de oportunidades.