DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0007/2015
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0007/2015

Fecha: 14-Ene-2015

Artículo 22.

I.   Las competencias concurrentes, listadas en el parágrafo II del artículo 299 de la Constitución Política del Estado, serán reglamentadas, ejecutadas y  fiscalizadas por el Gobierno Autónomo Municipal de Azurduy en el marco de las responsabilidades o competencias específicas asignadas por la Ley del Gobierno Central, conforme a lo establecido por el Artículo 297, parágrafo I, numeral 3, de la Constitución Política del Estado.

II.  El Gobierno Autónomo Municipal de Azurduy ejercerá integralmente las competencias compartidas numeradas en el parágrafo I del Artículo 299 de la Constitución Política del Estado, ante la emisión de la Ley básica correspondiente del Gobierno Central, en conformidad a lo establecido por el Artículo 297, parágrafo I, numeral 3, de la Constitución Política del Estado Plurinacional.