DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0007/2015
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0007/2015

Fecha: 14-Ene-2015

Artículo 146.

I.   El Gobierno Autónomo Municipal garantizará el acceso físico, territorial y económico al servicio de alcantarillado u otras formas alternativas de drenaje que garantice las condiciones saludables necesarias, para todas las viviendas, en todas las comunidades del municipio, considerando la cultura propia del lugar; siendo el sistema de drenaje o alcantarillado una de las prioridades en la construcción de las vías e infraestructura pública, en las zonas urbanas y en procesos de urbanización.

III. Siendo el servicio sanitario una necesidad humana básica, el Gobierno Autónomo Municipal instalará baños públicos saludables en puntos estratégicos de las zonas urbanas y de concurrencia de gente, los mismos que podrán contar con servicios de aseo personal. En caso de insuficiencia financiera para la instalación de baños públicos, los baños de los restaurantes, bares, cafés y centros de hospedaje serán de uso público, a costos gratuitos o mínimos establecidos por reglamento municipal.