DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0007/2015
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0007/2015

Fecha: 14-Ene-2015

I.    El Gobierno Autónomo Municipal de Azurduy, progresivamente y en coordinación con las organizaciones sociales y sectoriales, garantizará el acceso vial y caminero a todos los centros poblados y comunidades del municipio, de áreas urbanas y rurales, mediante la construcción y mantenimiento periódico de caminos vecinales”.

I.    El Gobierno Autónomo Municipal de Azurduy, progresivamente y en coordinación con las organizaciones sociales y sectoriales, garantizará el acceso vial y caminero a todos los centros poblados y comunidades del municipio, de áreas urbanas y rurales, mediante la construcción y mantenimiento periódico de caminos vecinales”.

El art. 302.l numeral 7 de la CPE, establece como competencia exclusiva de los gobiernos autónomos municipales “Planificar, diseñar, construir, conservar y administrar caminos vecinales en coordinación con los pueblos indígena originario campesinos cuando corresponda”, consecuentemente con carácter previsor, el Gobierno Autónomo Municipal, debe asumir la competencia conforme la previsión constitucional, en tanto no ocurra ello, corresponde declarar, la incompatibilidad con la Constitución Política del Estado del art. 148.l del presente proyecto de Carta Orgánica.