DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0007/2015
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0007/2015

Fecha: 14-Ene-2015

6.   Anteponer el bien común al interés personal en la construcción de infraestructura vial”.

El art. 10 del proyecto de Carta Orgánica, enlista una serie de obligaciones de los habitantes del municipio de Azurduy; sin embargo, en su numeral 6, incurre en una incongruencia en la redacción de la norma, ya que la construcción de infraestructura vial, es una labor propia del gobierno municipal y no de los habitantes del municipio; dicha ambigüedad, conllevaría a interpretaciones arbitrarias de la norma, que generarían un estado de inseguridad jurídica.