DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0027/2016
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0027/2016

Fecha: 11-Abr-2016

Artículo 87.

I. La gestión pública municipal, en el marco de sus competencias, garantizará la igualdad de oportunidades para el desarrollo integral de la juventud y adolescencia, mediante la construcción de infraestructura y servicios públicos que satisfagan las necesidades de este sector, así como generando y promoviendo la existencia de espacios de interacción social, considerando las necesidades propias de la etapa adolescente y juvenil, garantizando la erradicación de la discriminación generacional y el ejercicio pleno de sus derechos.

II. El régimen del desarrollo integral de la juventud y adolescencia estará establecido por la Ley Municipal de Desarrollo Integral de la Juventud, que tendrá un conjunto de reglamentos y otras normas municipales operativas definidas en base a los parámetros establecidos en la presente Carta Orgánica y las leyes correspondientes.