DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0027/2016
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0027/2016

Fecha: 11-Abr-2016

Cargo de incompatibilidad constitucional del art. 36.I

Sobre la forma de elección de las y los concejales, el art. 284.II de la CPE, establece dos formas de elección de concejalas y concejales, a través del voto universal, -mecanismo de la democracia representativa- y la elección de forma directa de los representantes al Órgano Legislativo Municipal de NPIOC, mediante sus normas y procedimientos propios, ejerciendo la democracia comunitaria, prevista en el art. 11.II.3 de la CPE, previsión que debe contemplarse necesariamente en la disposición cuestionada, en procura de materializar los derechos de las NPIOC, y la armonización de la democracia representativa y la comunitaria.