DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0027/2016
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0027/2016

Fecha: 11-Abr-2016

Artículo 98.

I. El Gobierno Autónomo Municipal de Alalay gestionará, en coordinación con otros niveles de Gobierno, la construcción y ampliación de las redes de energía eléctrica para todas las comunidades y centros poblados del Municipio, garantizando progresivamente el acceso territorial, económico y físico a tal fuente de energía para el abastecimiento doméstico e industrial de toda la población.

II. Todas las avenidas, calles, parques, campos deportivos y otras áreas recreativas y publicas de los centros poblados, así como todas las vías de transito del Municipio contarán con alumbrado público. El Gobierno Autónomo Municipal deberá garantizar la ampliación del tendido de alumbrado público y mantenimiento en un proceso progresivo, en proporción a la capacidad financiera y crecimiento urbano, según se necesite.

IV. El Gobierno Autónomo Municipal gestionará la generación de energías alternativas mediante generadores hídricos, solares, eólicos y otros para la demanda local, en función a las necesidades y posibilidades económicas y financieras del municipio, evitando los efectos perjudiciales a los derechos de la Madre Tierra, en el marco de las competencias municipales.