DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0027/2016
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0027/2016

Fecha: 11-Abr-2016

Cargo de incompatibilidad constitucional del art. 107

El artículo objeto de análisis, hace referencia a la competencia exclusiva de los gobiernos autónomos municipales, prevista en el art. 302.I.41 de la CPE, que señala: “Áridos y agregados en coordinación con los pueblos indígena originario campesinos, cuando corresponda”; sin embargo, no prevé la coordinación que exige dicha norma constitucional -con los pueblos indígena originario campesinos-; y, en su lugar establece la coordinación con las organizaciones sociales; esta disposición debe contemplar necesariamente la coordinación con los pueblos indígena originario campesinos, fundamentalmente a efectos de precautelar sus derechos (art. 30.II.10, 15, 16 y 17 de la CPE) en el ejercicio de la competencia señalada, y no tergiversar con la participación de otros actores sociales.