DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0027/2016
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0027/2016

Fecha: 11-Abr-2016

Artículo 91.

I. La gestión municipal, en función a su capacidad financiera, promoverá la producción, exhibición y preservación del arte y la cultura local. La promoción del arte y otras manifestaciones culturales estará orientada a toda la población del Municipio de forma incluyente, tomando en cuenta a la niñez, adolescencia, juventud, adultos, adultos mayores, varones, mujeres, personas con discapacidad y personas pertenecientes a orientaciones sexuales e identidades de género diversas.

II. El Gobierno Autónomo Municipal promoverá la conservación del patrimonio cultural, histórico, monumental, arquitectónico, arqueológico, paleontológico, científico, tangible e intangible del Municipio, pudiendo generar y administrar servicios de bibliotecas, hemerotecas, museos, archivos históricos y otros espacios municipales.

III. El Gobierno Autónomo Municipal promoverá la interculturalidad y la descolonización respetando y reconociendo las diferencias culturales, étnicas, raciales y lingüísticas, mediante la promoción del derecho al replanteamiento y autodefinición de su identidad colectiva e individual, identidad cultural, libertad de decisión y acción, en el marco de lo permitido por la Constitución Política del Estado y la ley. Asimismo, el Gobierno Autónomo Municipal procurara la erradicación de todas las formas de discriminación para el libre ejercicio de los derechos culturales.