DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0052/2016
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0052/2016

Fecha: 23-May-2016

“Artículo 35. SESIONES

El parágrafo en análisis, por varios aspectos resulta incongruente en su estructura y regulación. Primero, no tiene coherencia en su objeto normativo respecto al epígrafe que dice: “SESIONES” infiriéndose que se trata de sesiones de los concejales, sin embargo, el desarrollo está referido a un mandato social para la modificación de un reglamento del Consejo Municipal, cuyo significado, resulta totalmente contrario al dispuesto por la Norma Suprema en su art. 284.I que dice: “El Concejo Municipal estará compuesto por concejalas y concejales elegidas y elegidos mediante sufragio universal”.

Cabe aclarar que el término Consejo, está referido a un grupo de asesores que brindan consejo especializado a las autoridades, puede ser en la esfera pública como privada; mientras la palabra Concejo es la que se utiliza para nombrar al grupo colegiado de representantes de la ciudadanía, electos para realizar determinadas labores sobre la base de facultades asignadas, en el caso del Estado Boliviano para fiscalizar, legislar y deliberar.

Asimismo, si se tratase de un consejo municipal creado para tratar temas municipales como respaldo o grupo consultivo municipio, al menos eso se entiende del desarrollo del proyecto de Norma Básica que en su art. 34 señala: “Funcionamiento del Concejo Municipal” y en el art. 35 dice: “Sesiones”, no puede ser el Gobierno Municipal quien revise o modifique su reglamento interno de funcionamiento, debiendo ser en todo caso el propio Concejo Municipal, toda vez que por independencia y separación de órganos regulado por el art. 12.I de la CPE, el manejo tanto del legislativo como del ejecutivo, debe ser por separado. Otra cosa sería si se crea un Consejo Municipal de asesoramiento al Gobierno Municipal, como bien se dispone en los arts. 119 y 120 donde se crean diversos consejos de apoyo a la ETA, como el Consejo Municipal del Deporte.