DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0052/2016
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0052/2016

Fecha: 23-May-2016

DESARROLLO URBANO INTEGRAL

      I.       El Gobierno Autónomo Municipal de Tiraque, planifica y regula el crecimiento urbano basado en información detallada con participación social.     El desarrollo urbano se implementa sobre la base de la articulación de políticas de gestión del territorio definidas por la presente Carta Orgánica Municipal.

   II.        El desarrollo urbano, tiene la finalidad de planificar los asentamientos humanos en un hábitat integral, provisto de medios, condiciones y acceso a bienes públicos y servicios básicos para el efectivo ejercicio de derechos, cumplimiento de deberes, priorizando la vivienda y la vivienda social en favor de la población.

      I.       Como política de desarrollo urbano y con la finalidad de planificar el asentamiento humano urbano, el Gobierno Autónomo establecerá su área de crecimiento urbano, garantizará una ocupación planificada, sostenible y racional del territorio, prohibiéndose asentamientos en áreas de recarga acuífera, zonas de riesgos, franjas de seguridad, áreas verdes o de equipamiento, u otras prohibidas por ley para el asentamiento humano. 

    II.       El Gobierno Autónomo Municipal de Tiraque, regulará los criterios técnicos exigidos para el asentamiento humano, determinándose de manera enunciativa y no limitativa que toda urbanización y asentamiento humano urbano, cuenta con servicios básicos, espacios destinados a la recreación, áreas verdes y de equipamiento, ficha ambiental y planes de mitigación en el marco de la normativa vigente.

  III.       Regulará los asentamientos humanos en el área rural, estableciendo superficies destinadas al uso habitacional y promoviendo la actividad productiva en la superficie restante, con previsiones de apertura de vías, ampliaciones de los perfiles de vías, implementación de servicios básicos, áreas de recreación e infraestructura pública, en proyección a su crecimiento poblacional e incorporación al espacio urbano.

      I.       En la jurisdicción territorial del municipio de Tiraque, la exhibición, difusión de la publicidad en el ámbito promocional, permanente o eventual en anuncios luminosos, no luminosos y otros de características similares, en lugares o espacios expresamente autorizados, acceso a los centros urbanos, paseos o en lugares privados; generan la obligación de un pago en favor del Gobierno Autónomo Municipal de Tiraque.

2.  Efectuar el registro del derecho propietario de los vehículos automotores legalmente importados, fabricados y/o ensamblados en el territorio nacional y remitir al nivel central del Estado, la información necesaria en los medios y conforme a los parámetros técnicos determinados para el establecimiento de un registro centralizado, integrado y actualizado de todo el país.