DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0002/2013
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0002/2013

Fecha: 19-Abr-2013

Art. 2 (FINES).

Art. 2 (FINES). Es constitucional porque la identificación de los bienes prevista en el numeral 1, es un fin esencial de la norma, asociado al principio de certeza de la ley; puesto que, el ciudadano conoce en qué situaciones de derecho opera la acción de extinción de dominio de bienes a favor del Estado, relacionado con la garantía del debido proceso. Respecto al numeral 2, posee dos “cualidades” introducidas en la Comisión de Constitución, Legislación y Sistema Electoral, por un lado, la extinción de dominio de bienes de procedencia ilícita, lo que descarta cualquier entendimiento de arbitrariedad, ya que la acción sólo opera en caso de preexistencia de delitos, caso contrario la acción jamás podrá ser operativizada; la segunda, es la salvaguarda hecha a terceros de buena fe, que no pueden ser afectados por la acción de extinción de dominio de bienes a favor del Estado.