DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0002/2013
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0002/2013

Fecha: 19-Abr-2013

Fragmento 20

El procedimiento descrito en el proyecto de ley, viola el derecho a la propiedad privada previsto en los arts. 56 de la CPE y 21 de la CADH, el que si bien no es un derecho absoluto, pudiendo ser limitado en su ejercicio; empero, la Constitución Política del Estado, no prevé su restricción a través de la acción de extinción de dominio, por lo que la limitación o restricción sólo puede darse por la vía de expropiación y por la de sanción económica principal o accesoria, como la hipoteca judicial, el embargo y remate, de donde la extinción de dominio no se encuentra en ninguno de los presupuestos jurídicos de restricción del ejercicio del derecho a la propiedad privada, admitidos por la Norma Suprema y el bloque de constitucionalidad, constituyendo dicha figura en una supresión del derecho a la propiedad privada, mediante la cual se declara la pérdida y consiguiente traspaso de dominio a favor del Estado a través de un procedimiento ilegal e inconstitucional.