DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0002/2013
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0002/2013

Fecha: 19-Abr-2013

el conocimiento de las acciones de extinción de dominio de bienes a favor del Estado, no se encuentra establecido como atribución de la Procuraduría General del Estado, ni responde a los fines y objetivos que corresponden a esta clase de institución

               La lesión al principio de jerarquía normativa se hace patente en el hecho de que a través de una ley, no se pueden conferir atribuciones a una entidad, que sean incompatibles o respondan a fines totalmente distintos a los establecidos en su diseño constitucional, como ocurre con la ley proyectada; por cuanto -se reitera- el conocimiento de las acciones de extinción de dominio de bienes a favor del Estado, no se encuentra establecido como atribución de la Procuraduría General del Estado, ni responde a los fines y objetivos que corresponden a esta clase de institución, como abogado del Estado en la defensa de sus intereses; no así de juez que deba establecer la licitud o no de un patrimonio y en su caso determinar la extinción de su dominio, no siendo posible que a través de una ley de rango inferior, se confiera una atribución que no se encuentra prevista por la Constitución Política del Estado.