DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0002/2013
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0002/2013

Fecha: 19-Abr-2013

parágrafo I del art. 8

               Por lo que se concluye que el parágrafo I del art. 8 del proyecto de ley en consulta es constitucional únicamente respecto a la Autoridad de Supervisión del Sistema Financiero como entidad operativa en las acciones de extinción de dominio, sin que la solicitud de información pueda ser ejercida por la Procuraduría General del Estado.