DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0002/2013
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0002/2013

Fecha: 19-Abr-2013

La Disposición Transitoria Segunda

               La Disposición Transitoria Segunda, dispone la extinción de dominio a favor del Estado sobre los bienes decomisados, incautados, confiscados o en procesos penales de los delitos de narcotráfico, contrabando, corrupción y legitimación de ganancias ilícitas, que no hayan sido reclamados en el plazo mínimo de seis meses anteriores a la publicación de la ley. Esta Disposición será declarada inconstitucional; por cuanto, como ha quedado establecido a lo largo de los fundamentos jurídicos de la presente Declaración Constitucional Plurinacional, toda extinción de dominio de bienes a favor del Estado, debe ser resultado de una declaración de autoridad judicial competente y como emergencia de un debido proceso, por lo que no es posible se declare de manera “directa” una extinción de dominio de bienes, así éstos no hayan sido debidamente reclamados por los presuntos interesados.