DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0056/2014
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0056/2014

Fecha: 21-Oct-2014

debe declararse la incompatibilidad de ambos artículos por ser conexos el uno con el otro, y por establecer atribuciones análogas para ambos órganos públicos departamentales.

En el marco del principio de seguridad jurídica que rige la administración de justicia constitucional, debe declararse la incompatibilidad de ambos artículos por ser conexos el uno con el otro, y por establecer atribuciones análogas para ambos órganos públicos departamentales. Sin embargo, ello no implica que no sea posible la creación de medios de comunicación departamentales como señala el análisis desarrollado.