DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0056/2014
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0056/2014

Fecha: 21-Oct-2014

Formular y ejecutar en el departamento, en concurrencia con el nivel

En ese marco el nivel central del Estado ha emitido la Ley del Sistema de Nacional de Seguridad Ciudadana “Para Una Vida Segura”, que en su art. 10 establece las responsabilidades de las ETA en materia de seguridad ciudadana: “(…) 1. Formular y ejecutar en el departamento, en concurrencia con el nivel nacional del Estado los planes, programas y proyectos departamentales en materia de seguridad ciudadana, en sujeción a la política pública nacional, al Plan Nacional de Seguridad Ciudadana y al Artículo 38 Parágrafo I numeral 2, Artículo 43, Artículo 50 Parágrafo III, Artículo 55 Parágrafo I, Artículo 67 y Disposición Final Segunda de la presente Ley. 2. Formular y ejecutar en el departamento, concurrentemente con el nivel nacional del Estado, las entidades territoriales autónomas municipales, regionales e indígena originario campesinas, en el ámbito de sus competencias, los planes, programas y proyectos en materia de seguridad ciudadana, en sujeción a la política pública nacional, al Plan Nacional de Seguridad Ciudadana y al Artículo 24 Parágrafo IV, Artículo 30 Parágrafo II, Artículos 36, 37, 39, 41, 42, 44, 45, 47, 53, 54, Artículo 55 Parágrafo IV, Artículos 62, 66 y 68 de la presente Ley.”