DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0097/2015
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0097/2015

Fecha: 08-Abr-2015

ARTICULO 126. (COMPETENCIAS CONCURRENTES) I.

ARTICULO 126. (COMPETENCIAS CONCURRENTES) I. En el marco de las competencias concurrentes establecidas en el artículo 299. Par. II. de la Constitución Política del Estado concordante con la normativa vigente de la Ley Marco de Autonomías y Descentralización, el Municipio Agropecuario y Turístico de Luribay, aprobará la reglamentación de la legislación del nivel central referidas a:

ARTICULO 126. (COMPETENCIAS CONCURRENTES) I. En el marco de las competencias concurrentes establecidas en el artículo 299. Par. II. de la Constitución Política del Estado concordante con la normativa vigente de la Ley Marco de  Autonomías y Descentralización, el Municipio Agropecuario y Turístico de Luribay, aprobará la reglamentación  de la legislación del nivel central referidas a:

Por conexitud con los arts. 98, 100, 101.I, 118 y 119 incompatible, corresponde declarar la incompatibilidad con la Constitución Política del Estado del art. 126.I del presente proyecto de Carta Orgánica, en el entendido de que el ejercicio de las facultades recae sobre la ETA y no sobre la Unidad territorial.