DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0097/2015
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0097/2015

Fecha: 08-Abr-2015

ARTICULO 98. (COMPETENCIAS COMPARTIDAS)

ARTICULO 98. (COMPETENCIAS COMPARTIDAS) En el marco de las competencias compartidas establecidas en el artículo 299. Par. I. de la Constitución Política del Estado concordante con las disposiciones de la Ley Marco de Autonomías y Descentralización, el Municipio Agropecuario y Turístico de Luribay, aprobará la legislación de desarrollo de las leyes básicas del nivel central referidas a instancias de conciliación ciudadana entre vecinos, sobre asuntos de carácter municipal.

ARTICULO 98. (COMPETENCIAS COMPARTIDAS) En el marco de las competencias compartidas establecidas en el artículo 299. Par. I. de la Constitución Política del Estado concordante  con las disposiciones de la Ley Marco de Autonomías y Descentralización, el Municipio Agropecuario y Turístico de Luribay, aprobará la legislación de desarrollo de las leyes básicas del nivel central referidas a instancias de conciliación ciudadana entre vecinos, sobre asuntos de carácter municipal.