DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0097/2015
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0097/2015

Fecha: 08-Abr-2015

ARTICULO 142. (COMPETENCIAS CONCURRENTES)

ARTICULO 142. (COMPETENCIAS CONCURRENTES) En el marco de las competencias concurrentes establecidas en el artículo 299. Par. II. de la Constitución Política del Estado concordante con las disposiciones de la Ley Marco de Autonomías y Descentralización, el Municipio Agropecuario y Turístico de Luribay, aprobará la reglamentación mediante norma jurídica competente de la legislación del nivel central referidas a la agricultura, ganadería, caza y pesca.

“ARTICULO 142. (COMPETENCIAS CONCURRENTES) En el marco de las competencias concurrentes establecidas en el artículo 299. Par. II. de la Constitución Política del Estado concordante con las disposiciones de la Ley Marco de Autonomías y Descentralización, el Municipio Agropecuario y Turístico de Luribay, aprobará la reglamentación mediante norma jurídica competente  de la legislación del nivel central referidas a la agricultura, ganadería, caza y pesca.