DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0097/2015
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0097/2015

Fecha: 08-Abr-2015

“ARTICULO 77. (IMPUESTOS) I.

La disposición analizada, referida a los impuestos municipales que el gobierno autónomo municipal creará mediante una Ley Municipal; ahora bien, merced al art. 302.I.19 de la CPE, los gobiernos municipales, tienen competencia exclusiva para la creación, supresión o modificación de impuestos, siempre y cuando los hechos generadores correspondan a su dominio; ahora, la forma en la que se encuentra redactada la norma cuestionada, resulta ser genérica en relación a los hechos generadores establecidos por el art. 8 de la Ley 154 (de Clasificación y Definición de Impuestos y de Regulación para la Creación y/o Modificación de Impuestos de Dominio de los Gobiernos Autónomos), en ese mismo sentido, entendieron las DCP 0012/2015 y 0014/2015, ambas de 16 de enero.