DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0097/2015
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0097/2015

Fecha: 08-Abr-2015

ARTICULO 9. (PRINCIPIOS)

ARTICULO 9. (PRINCIPIOS) Además de los principios reconocidos en la Constitución Política del Estado, el Municipio Agropecuario y Turístico de Luribay adopta los siguientes principios ético-morales: Suma qamaña (vivir bien), jan jayramti (no seas flojo), jan k´arimti (no seas mentiroso), jan lunthatamti (no seas ladrón) y jan llunk'umti (no seas adulador).

“ARTICULO 9. (PRINCIPIOS) Además de los principios reconocidos en la Constitución Política del Estado, el Municipio Agropecuario y Turístico de Luribay adopta los siguientes principios ético-morales: Suma qamaña (vivir bien), jan jayramti (no seas flojo), jan k´arimti (no seas mentiroso), jan lunthatamti (no seas ladrón) y jan llunk'umti (no seas adulador)”.

El artículo objeto de análisis, al referirse a los principios, señala que el municipio adopta principios ético morales ya establecidos por el art. 8.I de la CPE; ésta disposición constitucional ha previsto que el Estado asuma y promueva como principios ético-morales de la sociedad plural, (composición plural de la sociedad); entendida como una multiplicidad de sujetos que crean sentidos, a partir de sus narrativas culturales, de la manera como culturalmente se relacionan socialmente, y con el entorno natural. Estos principios sobre determinan también la propia estructura general del nivel central del Estado, y en los fundamentos de su funcionamiento; por lo tanto, cuando el Estado por medio de su Ley Fundamental, asume y promueve dichos principios ético-morales de la sociedad plural, deja de ser el monopolizador del “saber-poder” que determina y subordina a la base social, en el marco de la homogeneización cultural, siempre pretendida por la modernidad, y pasa a ser el objeto de determinación de las distintas narrativas culturales de la misma.

Es evidente, la nueva configuración estatal en Bolivia, y su trascendencia a partir del carácter plurinacional y comunitario, a partir de que el Estado ya no es la entidad que sobre-determina la base societal, sino que es producto de una determinación de la base social plural. La sociedad pasa a determinar al nivel central del Estado a partir de sus particularidades y características plurales.