DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0097/2015
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0097/2015

Fecha: 08-Abr-2015

ARTICULO 84. (COMPETENCIAS EXCLUSIVAS) I.

ARTICULO 84. (COMPETENCIAS EXCLUSIVAS) I. En el marco de las competencias exclusivas establecidas en el artículo 302. Par. I. de la Constitución Política del Estado, concordante con las disposiciones de la Ley Marco de Autonomías y Descentralización, el Municipio Agropecuario y Turístico de Luribay, establece en la presente sección de la Carta Orgánica Municipal, las competencias exclusivas básicas en materia de desarrollo humano.

“ARTICULO 84. (COMPETENCIAS EXCLUSIVAS) I. En el marco de las competencias exclusivas establecidas en el artículo 302. Par. I. de la Constitución Política del Estado, concordante con las disposiciones de la Ley Marco de Autonomías y Descentralización, el Municipio Agropecuario y Turístico de Luribay, establece en la presente sección de la Carta Orgánica Municipal, las competencias exclusivas básicas en materia de desarrollo humano.