Auto Supremo AS/0031/2017-RA
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0031/2017-RA

Fecha: 20-Ene-2017

Agrega que ese fue uno de sus reclamos realizados en apelación, que fue declarado improcedente


Agrega que ese fue uno de sus reclamos realizados en apelación, que fue declarado improcedente por el Auto de Vista impugnado, sin haber realizado un análisis sobre lo denunciado y menos una comparación entre la Sentencia y la acusación, con el arbitrario fundamento que la congruencia se da entre las acusaciones, las pruebas y la sentencia; criterio que no tiene sustento en ninguna norma procesal, confirmando la violación al debido proceso en su elemento a la congruencia, establecido en los arts. 342 y 362 del CPP; habida cuenta que, de ninguna manera podían referirse a las pruebas, cuando se tienen hechos no acusados, es decir, ante un hecho no acusado, no existe posibilidad de sentenciar. Cita la SCP 88/2013-S2 de 17 de enero, aplicable a decir de la recurrente, a su caso en particular, ya que al haberse modificado la acusación de “…un no hacer algo que debe hacer hacia un hacer” cambió los hechos de la acusación; puesto que, el autor es quien tiene en sus manos el curso de los hechos del suceder típico y antijurídico