Auto Supremo AS/0031/2017-RA
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0031/2017-RA

Fecha: 20-Ene-2017

Al margen de lo señalado, a la reunión de 19 de mayo de 2008, celebrada


Al margen de lo señalado, a la reunión de 19 de mayo de 2008, celebrada en la Brigada Parlamentaria entre varios diputados y Jhon Cava, aludida por la Sentencia, su persona no asistió; por lo tanto, se pregunta de qué manera pudo haber conformado una asociación para cometer delitos; pues como se sostiene en el precitado fallo, dicha reunión habría quedado suspendida para el 20 siguiente en la Universidad, donde se dice que estuvo presente, lo cual es falso, tampoco se acreditó que en ella, se hubiera asumido la determinación de prohibir la llegada del Presidente del Estado y de los campesinos a Sucre; al contrario, de la declaración testifical de Marcelo Mamani Palancusi se demostró que las conclusiones y aprobaciones fueron hacer vigilias en inmediaciones del Estadio Patria, mas no realizar bloqueos; al igual que la publicación del periódico “La Razón” de 21 de mayo de 2008 y el informe de inteligencia de 25 de agosto de 2009