Auto Supremo AS/0031/2017-RA
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0031/2017-RA

Fecha: 20-Ene-2017

En conclusión, el Tribunal de alzada como argumento de su fallo, señaló que por el


En conclusión, el Tribunal de alzada como argumento de su fallo, señaló que por el concurso real, la gravedad del hecho y el daño causado, corresponde imponer la máxima sanción establecida en el art. 45 del CP; lo cual demuestra, que si bien el Tribunal de alzada, no fundamentó de la mejor manera su decisión; empero, dejó por sentado que por concurso real se debe imponer la pena máxima; pero lo que, olvida es que el art. 45 del CP, por concurso real, dispone que la pena más alta del delito más grave ya fue impuesta, como es la del delito de Lesiones Graves; es decir, que la pena más alta de dicho agravio ya fue impuesta; sin embargo, el Tribunal de alzada incrementó la pena bajo la inadecuada posición de que por concurso real si o si, se debe imponer la sanción del delito más grave incrementada en la mitad, lo cual verifica, que las normas previstas por el art. 45 del CP, han sido erróneamente aplicadas, lo que acarrea la violación del derecho al debido proceso, en su dimensión de aplicación correcta de la ley en el procesamiento, que en el presente caso se aplica la ley penal pero de manera equivocada, lo que implica una agravación ilegal de la pena en un año y seis meses, siendo sumamente gravoso este incremento, y violación de su derecho al debido proceso