ACCIÓN DE INCONSTITUCIONALIDAD 64/2021. SENADORES DEL CONGRESO DE LA UNIÓN. 7 DE ABRIL DE 2022. PONENTE: LORETTA ORTIZ AHLF. SECRETARIOS: JIMENA SOFÍA VIVEROS ÁLVAREZ Y VÍCTOR MANUEL MIRANDA LEYVA.
Fecha: 24-Mar-2023
Contestación Al Séptimo Concepto De Invalidez
En cuanto al séptimo concepto de invalidez, en el cual se sostiene que la reforma a los artículos 3; 4, fracciones I y VI; 12, fracción I; 26, 35, párrafo primero; 53, 101, 108, fracciones V y VI; y, 126, fracción II, de la Ley de la Industria Eléctrica no supera el test de proporcionalidad, la Cámara de Senadores plantea que dichos artículos no prohíben, limitan, vulneran o desincentivan la libertad de competencia económica, ni mucho menos que vulneren el derecho al trabajo.
En primer lugar, la Cámara de Senadores considera que la interpretación que la parte actora le está dando a la reforma es restrictiva, lo cual resulta erróneo ya que es necesario agotar todas las posibilidades de encontrar en ella un significado que la haga compatible con la Constitución y que le permita subsistir dentro del ordenamiento. En ese sentido considera que sólo en el caso de que exista una clara incompatibilidad o una contradicción insalvable entre la norma ordinaria y la Constitución, ésta debería declararse inconstitucional.
De igual forma, respecto a éste, estima que debe analizarse si la medida legislativa: (i) persigue una finalidad constitucionalmente admisible; (ii) si resulta un medio instrumentalmente apto para conseguir tal finalidad; y (iii) si se trata de un medio necesario y estrictamente proporcional que no implica una afectación desmedida de otros derechos.
Respecto de la primera grada del test, la Cámara de Senadores sostiene que la reforma persigue una finalidad constitucionalmente admisible, ya que tanto los artículos 25, 27 y 28 constitucionales, así como la Ley de la Industria Eléctrica establecen que corresponde exclusivamente al Estado, la planeación y el control del SEN. Además, el artículo 25 de la Constitución establece que corresponde al Estado la rectoría del desarrollo nacional para garantizar que éste sea integral y sustentable, que fortalezca la soberanía de la Nación y su régimen democrático. Asimismo, se establece que la actividad económica nacional debe planearse, conducirse, coordinarse y orientarse de conformidad con la regulación y fomento de las actividades que demande el interés general. Es por lo anterior que consideran que la reforma persigue un fin constitucionalmente válido.
Respecto de la segunda grada, consistente en la necesidad de la medida, la Cámara de Senadores considera que la reforma impugnada está dirigida a garantizar la confiabilidad y un sistema tarifario de precios por tratarse de una actividad de importancia y trascendencia capital, ya que tiene que ver con la necesidad de garantizar la calidad y confiabilidad del SEN, por lo que la medida resulta necesaria.
Finalmente, respecto de la proporcionalidad, señala que los artículos reclamados buscan hacer efectiva la facultad constitucional que tiene la Nación de planear y llevar a cabo el control del SEN, en beneficio de la población en general. En este sentido, destaca que el derecho al trabajo, si bien es un derecho fundamental admite restricciones tales como que no se trate de una actividad ilícita, que no se afecten derechos de terceros y que no se afecten derechos de la sociedad en general.
En ese sentido, considera que las reformas y adiciones a la Ley de la Industria Eléctrica no transgreden el derecho referido, ya que las actividades correspondientes podrán desempeñarse siempre y cuando en su realización sea observada la legislación vigente. Por lo anterior, consideran que los argumentos de la parte actora son apreciaciones subjetivas, las cuales no resultan suficientes, para desvirtuar la constitucionalidad de la reforma.
- Índice Temático
- Antecedentes Y Trámite De La Demanda
- A Los Órganos Legislativo Y Ejecutivo Que Emitieron Y Promulgaron La Norma General Impugnada
- B La Norma General Cuya Invalidez Se Reclama Y El Medio Oficial En Que Se Hubiere Publicado
- A Primer Concepto De Invalidez
- B Segundo Concepto De Invalidez
- D Cuarto Concepto De Invalidez
- E Quinto Concepto De Invalidez
- F Sexto Concepto De Invalidez
- G Séptimo Concepto De Invalidez
- H Octavo Concepto De Invalidez
- Contestación Al Primer Concepto De Invalidez
- Contestación Al Segundo Concepto De Invalidez
- Contestación Al Tercer Y Séptimo Conceptos De Invalidez
- Contestación Al Cuarto Concepto De Invalidez
- Contestación Al Quinto Concepto De Invalidez
- Contestación Al Sexto Concepto De Invalidez
- Contestación Al Octavo Concepto De Validez
- B Cámara De Senadores
- Contestación Al Tercer Concepto De Invalidez
- Contestación Al Séptimo Concepto De Invalidez
- Contestación Al Octavo Concepto De Invalidez
- C Cámara De Diputados
- Pedimento El Fiscal General De La República No Formuló Opinión En El Presente Asunto
- I Competencia
- Ii Precisión De Las Normas Impugnadas
- Iii Oportunidad
- Iv Legitimación
- V Causas De Improcedencia Y Sobreseimiento
- Vi Cuestiones Que Serán Materia Del Estudio De Fondo
- Orden De Despacho En El Sistema Eléctrico Nacional
- Artículo
- B Cuya Construcción Y Entrega Sea Con Independencia De Su Modalidad De Financiamiento
- Exposición De Motivos
- Dictamen De La Cámara De Origen
- A Marco Normativo
- B Análisis De Constitucionalidad
- A Contratos De Cobertura Eléctrica Con Compromiso De Entrega Física
- En La Exposición De Motivos De La Reforma El Ejecutivo Federal Señaló
- Artículo Contratos Bilaterales Físicos
- B Costos Unitarios
- C Acceso Abierto A La Red Nacional De Transmisión Y A Las Redes Generales De Distribución
- D Contratos Legados Para El Suministro Básico
- Artículo Para Los Efectos De Esta Ley Se Entenderá Por
- Vi Central Externa Legada Central Eléctrica Que A La Entrada En Vigor De La Presente Ley
- Artículo El Cenace Está Facultado Para
- G Central Eléctrica Legada
- Vi Estudio De Fondo De La Cuestión B
- Capítulo I Disposiciones Generales
- Tratado Integral Y Progresista De Asociación Transpacífico
- Artículo Trato Nacional
- Artículo Trato De Nación Más Favorecida
- Mecanismo De Certificados De Energías Limpias
- I Fomento De La Eficiencia Energética En Los Sectores Pertinentes De La Economía Nacional
- Por Su Parte El Párrafo Séptimo Del Artículo Constitucional Se Reproduce A Continuación
- A El Principio De Precaución
- B El Principio De No Regresión
- C Relación Del Medio Ambiente Sano Con El Derecho A La Salud
- B El Papel Que Juegan Las Energías Limpias Visávis En El Medio Ambiente
- De Aquí A Duplicar La Tasa Mundial De Mejora De La Eficiencia Energética
- Artículo Compromisos
- C Las Obligaciones Al Estado Mexicano Derivadas Del Acuerdo De París
- La Ndc Del Adoptadas Por El Estado Mexicano Establece Lo Siguiente
- Eje E Protección De Infraestructura Estratégica Y Del Patrimonio Cultural Tangible
- A Descripción General De La Meta
- D Interpretación Conforme De Los Artículos Impugnados
- A Certificados De Energías Limpias
- B Orden De Despacho
- Vi Estudio De Fondo De La Cuestión D
- A Parámetro Para Determinar El Conflicto De Leyes Con Relación Al Principio De Irretroactividad
- B Estudio De Los Artículos Cuarto Y Quinto Transitorios A La Luz Del Principio De Irretroactividad
- C Estudio De La Figura De Fraude A La Ley
- En El Otorgamiento De Los Permisos A Que Se Refiere Este Artículo Deberá Observarse Lo Siguiente
- Criterios Del Sistema Eléctrico Nacional Establecidos Por La Secretaría De Energía
- Artículo La Cre Está Facultada Para
- A Criterios De Planeación Del Sistema Eléctrico Nacional Establecidos Por La Secretaría De Energía
- Iii Impulsar La Inversión Y La Competencia Donde Ésta Sea Factible En La Industria Eléctrica
- Artículo La Secretaría Está Facultada Para
- I Xxxvi
- Artículo A La Secretaría De Energía Corresponde El Despacho De Los Siguientes Asuntos
- Xxxi Los Demás Que Le Encomienden Expresamente Las Leyes Y Reglamentos Énfasis Añadido
- B Naturaleza Jurídica Y Funcionamiento De La Comisión Reguladora De Energía
- C Análisis De Constitucionalidad
- Asimismo Con La Iniciativa De Mérito Se Proponen Las Modificaciones Siguientes
- Tarifas Para Las Y Los Usuarios Finales Del Servicio De Energía Eléctrica
- Principios Del Sistema Eléctrico Nacional
- Primeroes Procedente Pero Infundada La Presente Acción De Inconstitucionalidad
- Cuartopublíquese Esta Resolución En El Semanario Judicial De La Federación Y En Su Gaceta
- En Relación Con El Punto Resolutivo Primero
- En Relación Con El Punto Resolutivo Segundo
- En Relación Con El Punto Resolutivo Tercero
- En Relación Con El Punto Resolutivo Cuarto
- Votación Que No Se Refleja En Los Puntos Resolutivos
- Constitución Política De Los Estados Unidos Mexicanos Artículo O
- Ibídem Artículo Fracciones Ii Y Xi
- Ley De La Industria Eléctrica Artículo Fracción Xii Bis
- Ley De La Industria Eléctrica Artículo Fracción Xlvi
- Estados Unidos Americanos Y Canadá
- Organización Mundial De Comercio Los Principios Del Sistema De Comercio
- Artículo De La Convención Marco De Las Naciones Unidas Sobre El Cambio Climático De
- Ibídem P
- Convención Marco De Las Naciones Unidas Sobre El Cambio Climático De Artículo
- Acuerdo De París Artículo
- Real Academia Española Diccionario De La Lengua Española A Edición