DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0086/2014
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0086/2014

Fecha: 19-Dic-2014

art. 98

La Norma Básica dispone el ejercicio exclusivo del dominio original de las tierras fiscales en favor del Municipio. Al respecto, el art. 298.I.17 de la CPE, establece como facultad privativa del Estado central, la política general sobre tierras, territorio y su titulación. Asimismo, el art. 298.II.38 de la Ley Fundamental prevé como competencia exclusiva del nivel central del Estado el “Régimen de la tierra. La ley determinará las facultades a ser transferidas o delegadas a las autonomías”. De la normativa señalada se colige nuevamente que la Carta Orgánica no tiene competencia para establecer lineamientos sobre el tema de tierra, menos aún determinar el dominio originario de las tierras fiscales. Por lo que, se determina que el art. 98 es incompatible con la Constitución Política del Estado, debiendo ser expulsado.