DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0086/2014
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0086/2014

Fecha: 19-Dic-2014

Artículo 134 (Indelegabilidad de las Funciones).-

Artículo 134 (Indelegabilidad de las Funciones).- Las autoridades del Gobierno Municipal no ejercerán otras atribuciones que las que la Constitución Política del Estado y esta Carta Orgánica les confieren. No se les concederán por motivo alguno, facultades extraordinarias, ni delegarán en otras los poderes específicos de cada una.