DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0086/2014
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0086/2014

Fecha: 19-Dic-2014

Artículo 210 (Exenciones).-

Artículo 210 (Exenciones).- Las exenciones tributarias señaladas por Ley que se encuentren bajo la potestad de la administración municipal, se tramitarán en forma específica en el Gobierno Municipal correspondiente y serán objeto de Ley expresa del Concejo Municipal, con las limitaciones establecidas en la Constitución Política del Estado.

Artículo 210 (Exenciones).- Las exenciones tributarias señaladas por Ley que se encuentren bajo la potestad de la administración municipal, se tramitarán en forma específica en el Gobierno Municipal correspondiente y serán objeto de Ley expresa del Concejo Municipal, con las limitaciones establecidas en la Constitución Política del Estado”.