DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0086/2014
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0086/2014

Fecha: 19-Dic-2014

política fiscal”

Al respecto, la Constitución Política del Estado en su art. 298.II.23 establece como facultad exclusiva en el ámbito de sus competencias la Política Fiscal, siendo el artículo entero desarrollado por la Norma Básica una serie de disposiciones que regulan sobre otras ETA e incluso el nivel central del Estado, de igual forma, el art. 321.I de la CPE, correspondiente a “política fiscal”, señala que: “La administración económica y financiera del Estado y de todas las entidades públicas se rige por su presupuesto”, debiendo agregarse al respecto que la política fiscal se encuentra comprendida en la competencia exclusiva del nivel central del Estado, conforme al art. 298.II.23 de la Ley Fundamental; la misma norma en su art. 340.IV, expresa que: “El Órgano Ejecutivo Nacional establecerá las normas destinadas a la elaboración y presentación de los proyectos de presupuestos de todo el sector público, incluidas las autonomías”.