DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0086/2014
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0086/2014

Fecha: 19-Dic-2014

numeral 8 del art 150

Respecto al numeral 8 del art 150, tal como se desarrolló al momento de realizar el análisis del art. 138.26 y 29 de la Norma Básica, el hecho que el Concejo Municipal pretenda aprobar o rechazar estados financieros, implica una franca vulneración al principio de separación de poderes establecido por la Constitución Política del Estado y la misma Norma Básica en su art. 220.I, ya que dicha actividad es resultado de la potestad ejecutiva del Alcalde. Por lo que corresponde determinar la incompatibilidad de la frase “…aprobar o rechazar…”del art. 150.8 con la Ley Fundamental, debiendo expulsarse la misma.