DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0086/2014
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0086/2014

Fecha: 19-Dic-2014

Artículo 8 (Idiomas Oficiales del Municipio)

Corresponde declarar la incompatibilidad del art. 8, referido a los idiomas del municipio de Palos Blancos, ya que determina que son oficiales el Castellano, Aymará, Quechua, Mosetén, Trinitario y el T'simane; puesto que la jurisprudencia emitida por este Tribunal Constitucional Plurinacional ha declarado inconstitucional razonamientos similares en anteriores oportunidades; así, la DCP 0001/2013, en referencia a este tema indicó que: “…la Carta Orgánica podrá establecer el uso oficial o preferente de uno o más idiomas en la jurisdicción municipal, sin que ello signifique el desconocimiento de los treinta y siete idiomas oficiales del Estado, reconocidos en el art. 5.I de la CPE…”.

En ese marco, también se ha señalado que los proyectos de estatutos autonómicos y cartas orgánicas, no pueden establecer idiomas oficiales, así la DCP 0002/2014 de 10 de enero, precisó que: “…el proyecto de Estatuto Autonómico en revisión no podría señalar que los idiomas oficiales del Gobierno Autónomo de la Nación Originaria Uru Chipaya, son el Uru Chipaya (Uhunaka taqu) y el castellano, sino en todo caso se deberá hacer mención que el idioma Uru Chipaya es propio de ese territorio y de consiguiente su uso, como también del idioma castellano en el mismo, pues de lo contrario podría entenderse como un desconocimiento de la oficialidad del resto de los idiomas reconocidos por la norma constitucional como oficiales del Estado Plurinacional. Por tanto la frase 'son idiomas oficiales' resulta incompatible con la Constitución Política del Estado…”.