DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0014/2014
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0014/2014

Fecha: 10-Mar-2014

Alcalde Interino

Conforme a la jurisprudencia citada, no corresponde la suspensión del alcalde municipal ni de los concejales por existir acusación formal en su contra, al ser dicha medida lesiva a las garantías del debido proceso y de la presunción de inocencia; en el caso del numeral 2 es incompatible porque determina “Alcalde Interino” figura distinta a lo establecido en la Ley Fundamental, el cual es “Alcalde Suplente”; la incompatibilidad del art. 42.5 del proyecto de Carta Orgánica con la Constitución Política del Estado conforme al entendimiento desarrollado y el 42.6 es incompatible porque si bien es copia del art. 286.II de la CPE, el mismo no ha respetado la integridad completa de dicho parágrafo.