DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0014/2014
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0014/2014

Fecha: 10-Mar-2014

El art. 29.II.1.1,

El art. 29.II.1.1, del proyecto de Carta Orgánica, sostiene que los miembros del ente colegiado podrán ausentarse del ejercicio de sus funciones en los casos siguientes, sin licencia: “a) Dos (2) días al mes en caso de realizar actividades institucionales fuera de la jurisdicción del municipio; b) Tres (3) días al mes en caso de realizar actividades institucionales fuera de la jurisdicción departamental”; si bien los citados incisos no contradicen la Norma Suprema, se debe entender que dichas actividades deben realizarse en el marco de sus competencias, previa declaratoria de comisión respectivamente.