DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0014/2014
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0014/2014

Fecha: 10-Mar-2014

El art. 50.3 del

El art. 50.3 del proyecto de Carta Orgánica establece que el Gobierno Autónomo Municipal de Morochata determina que: “La comunidad beneficiaria para el control social de los proyectos,   obligatoriamente antes de iniciar la ejecución de un proyecto  deberá acreditar al Municipio un Comité de Control Social”; mismo que no está previsto en el art. 241 de la CPE; por cuanto el ejercicio del control social no está reservado únicamente a aquellos comités que han sido constituidas cumpliendo con los requisitos legales, sino que a todas las organizaciones que representen a la sociedad civil, estén o no constituidas formalmente.