DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0014/2014
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0014/2014

Fecha: 10-Mar-2014

El art. 34.4

El art. 34.4 del proyecto de Carta Orgánica, instaura como atribución del Alcalde: “Ejecutar las decisiones del Concejo Municipal…”; si bien la misma, no contradice a la Constitución Política del Estado, se debe entender que, no implica la ejecución de toda decisión, sino tan solamente de aquellas que se encuentran dentro de la competencia legislativa.