DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0157/2016
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0157/2016

Fecha: 01-Dic-2016

Articulo 131 Intolerancia a la corrupción

Por ninguna razón, los ciudadanos, ciudadanas, actores de la representación social y actores del Gobierno Autónomo Municipal tolerarán los actos de corrupción en la administración del Estado. Ante la existencia de hechos de corrupción, se deberán denunciar ante las instancias correspondientes las irregularidades identificadas”.