DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0157/2016
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0157/2016

Fecha: 01-Dic-2016

de la Alcaldía

VI. Las secretarías de gestión ejecutiva son macro reparticiones temáticas de la Alcaldía, a cargo de un secretario o secretaria dependiente de la Oficialía Mayor Ejecutiva. La cantidad de secretarios(as) de gestión no excederá de cinco (5) y sus atribuciones y funciones estarán establecidas en la normativa interna del Órgano Ejecutivo.

II. Las subalcaldías son instancias institucionales territorialmente desconcentradas de la Alcaldía, salvo las subalcaldías indígenas originarias campesinas que son instancias descentralizadas de la gestión municipal. Desarrollan su gestión en el marco de las funciones ejecutivas delegadas a las mismas. En caso de insuficiencia financiera, ante existencia de más de cinco distritos en el municipio, se podrán crear macro distritos como jurisdicción territorial de la subalcaldía.

III. La autoridad responsable de la administración y gestión de la subalcaldía será el subalcalde o  la subalcaldesa, salvo las subalcaldías indígenas originarias campesinas, en las cuales los pueblos indígenas originarios campesinos podrán establecer un denominativo propio para la autoridad ejecutiva responsable de su subalcaldía. Los requisitos, forma de designación y sustitución, funciones y responsabilidades del subalcalde o subalcaldesa, así como para la creación y funcionamiento de las subalcaldías, estarán determinadas por la Carta Orgánica y la ley municipal elaborada y consensuada con las organizaciónes sociales de representación de todo el territorio  del municipio”.

II. El gabinete municipal sesionará de acuerdo a la periodicidad definida en el decreto municipal que lo constituye, debiendo definirse un porcentaje de sesiones de audiencia pública en los distritos o macro distritos y en la sede de gobierno local, para escuchar las inquietudes de las ciudadanas, ciudadanos y representantes sociales, en temas y aspectos correspondientes a las atribuciones de la Alcaldía” (las negrillas son agregadas).